Notificaciones Oficiales

CIRCULAR DR Nº1 – Instructivos Impuesto a la Propiedad Automotor e Impuesto de Sellos año 2022

En el marco del Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre ésta Dirección Nacional y el Gobierno de la Pcia. de Córdoba.

Emitido con la firma de Ricardo Jorge Berger, Jefe de Departamento, Dirección de Fiscalización y Control de Gestión, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y dirigido a Encargados e Interventores de Registros se emite Instructivos Impuesto a la Propiedad Automotor e Impuesto de Sellos año 2022.

One thought on “CIRCULAR DR Nº1 – Instructivos Impuesto a la Propiedad Automotor e Impuesto de Sellos año 2022

  • Hola mi nombre es Gabriel Simieli soy ex encargado suplente del registro Automotor de Pinamar Bs As lugar donde vivo y ejerzo como mandatario nacional desde hace más de 40 años y dicte los cursos de mandatario nacional durante más de 15 años en toda la Patagonia y en el resto del país con distintas instituciones como la cámara de comercio automotor regional mar del plata y otras, este prólogo lo hago porque desde hace muchísimo tiempo se comete un error registral en el tema de patentamiento de motovehiculos de todo tipo y cuatriciclos ATV a los cuales se les retiene en el momento de entregar la documentación la cédula de identificación y la chapa patente, hecho este que respecto a la retención de la cédula de identificación es absolutamente correcto por no contar principalmente las motos de Cross y los cuatriciclos, en su mayoría, con los elementos de seguridad necesarios que los habiliten a circular en la vía pública establecidos en la ley nacional de tránsito N°24449 y por la agencia Nacional de Seguridad Vial, pero resulta totalmente ilógico y descabellado que se retenga la chapa patente, elemento con el cual se puede identificar al titular de la unidad al cometer una falta de tránsito, un accidente o un delito, por lo que habiéndolo planteado en otras oportunidades solicito el apoyo de los lectores de la red para que se logre modificar la disposición y se obligue a los usuarios a contar con dicha chapa colocada a los efectos de su normal y fácil identificación del titular, se dictaron disposiciones respecto de trailers y acoplados solicitando su identificación para que se registren y posean una identificación (placa identificatoria) unidades estás que son remolcadas por otros vehículos y se le da la chapa y a las motos y cuatriciclos se le retiene, considerando dicha retención una aberración jurídica ya quebdesdenel.punto legabal no otorgarse facilita a sus poseedores a retirarse o desaparecer del lugar donde se comete cualquier falta sin poder identificarlos para hacer el correspondiente reclamo por siniestro por ejemplo, espero que alguien se haga eco de esto, y que se retenga como corresponde la cédula de identificación pero que se entregue y obligue a colocar la chapa identificatoria en los mismos.

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