CIRCULAR D.N. N° 19 /2021 – Aclaraciones sobre Inscripciones Iniciales de Motovehículos Usados no Registrados
Emitida desde la DRNPA con la firma de su Directora Nacional, Dra. Doro Urquiza.
Es importante tener en cuenta y, a pedido de los peticionarios, que deberán extenderse los permisos de circulación y/o las autorizaciones para verificar las unidades sin documentación para que puedean satisfacer el requisito previsto en la disposición de referencia.
Vale aclarar en que casos debe presentarse el Certificado de Seguridad Vehicular.
Hola, buenas tardes, quisiera hacer una consulta sobre el nuevo regimen de inscripción de motovehículos usados no registrados Disp.157/2021
1).- Esta Disp. solamente alcanza a los motovehículos hasta 250 cc o también a aquellos de mayor cilindrada.
2).- Cuando no se puede justificar el origen porque no hay factura de compra o una cadena de B.C.V.
con la declaración jurada donde conste el porque no posee fact. o cadena de B.C.V. y que declare como la adquirio ya con eso es sufiente
Desde ya muchas gracias.