Notificaciones Oficiales

CIRCULAR D.N. N° 19 / 2022 – Aclaración Disposición N° DI-2022-160-APN-DNRNPACP

Desde la DNRPA, dirigida a Encargados/as e Interventores/as y firmada por su Directora Nacional, Dra. María Eugenia Doro Urquiza.

En relación con la Disposición N° DI-2022-160 que establece que a partir del 1° de septiembre del corriente año y por el término de DOCE (12) meses, la inscripción inicial de los vehículos remolcados de las categorías O2 y O3, fabricados o importados hasta la fecha indicada en el Anexo II, apartado “Casos especiales”, inciso d) de la disposición N° DI-2018-58-APN-SSTA de la Subsecretaría de Transporte Automotor, podrá peticionarse de conformidad con el procedimiento allí regulado.

Aclarar que del flujograma aprobado por el artículo 1° de la Disposición N° DI-2022-8-APN-SSTA se desprende que toda unidad inscripta bajo el procedimiento establecido en la Disposición N° DI-2022-160-APN-DNRNPACP, debe realizar la primera Revisión Técnica Obligatoria (RTO) periódica “al año de patentada”.

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