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Derogación de cédula azul: reglamentación

Así el Gobierno establece la forma de autorizar a terceros. Para quienes todavía tengan la documentación vigente, les regirá una condición especial.

Finalmente, el Gobierno reglamentó la derogación de la cédula azul para la conducción de cualquier vehículo en la Argentina. A través de la Disposición 29/2024 publicada en el Boletín Oficial, se confirmó la noticia anticipada hace una semana y que anunciaba el fin de este documento para circular.

De ahora en adelante, únicamente será necesario presentar la cédula verde, ya sea en versión física o digital. Asimismo, el documento no tendrá vencimiento hasta tanto no cambie la titularidad del vehículo.

El cambio ya está vigente y aplica para todas las personas, humanas o jurídicas, que transfieran o inscriban un vehículo de ahora en más. Sin embargo, quienes todavía tengan una cédula azul emitida con anterioridad, podrán seguir presentándola como documento válido hasta tanto el solicitante las revoque o cambie la titularidad de la unidad.

En caso querer conducir, será obligatorio contar con cédula verde (o azul, en el caso mencionado) para poder circular. No tener la documentación obligatoria podría implicar una multa y hasta la retención del vehículo.

Por otra parte, la resolución también explica cómo autorizar a un tercero a manejar un vehículo que no es de su propiedad. En esa línea, será posible asignar una cédula verde al perfil digital de Mi Argentina de cada ciudadano autorizado. De esa manera, quien corresponda podrá exhibir el documento habilitante desde su propio usuario digital sin la necesidad de contar con el original o un duplicado en formato físico.

Para ello, tal como consta en el Artículo 5° de la disposición publicada, “el titular registral podrá solicitar que su propia cédula sea visualizada en el perfil digital de uno o más terceros determinados”. Eso lo podrá hacer cualquier persona humana o jurídica siguiendo los pasos destacados a continuación:

1– Ingresar en el Sistema Integral de Trámites Electrónicos.

2 – Validarse en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal.

3 – Seleccionar un dominio sobre el cual es titular.

4 – Identificar al tercero mediante su nombre y apellido y CUIT, CUIL o CDI.

Una vez completado ese procedimiento, el autorizado verá desde la aplicación a la cédula verde del vehículo en cuestión en el apartado “Mis vehículos”. En caso de querer desafectar la cédula de algún autorizado, hay que seguir el mismo procedimiento.

La Nación

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