Notificaciones Oficiales

Disposición DI 157/21 – Motovehículos usados no registrados

La medida entra en vigencia desde el 1 de noviembre de 2021.

La DNRPA, a través de su Directora, Dra. María Eugenia Doro Urquiza, atendiendo la existencia de un alto porcentaje de motovehículos sin el trámite de inscripción registral y carente de toda identificación, presenta un nuevo proceso de regularización.

Podrá peticionarse por el término de 6 meses la inscripción inicial de los motovehículos usados no registrados, fabricados o importados hasta el 31 de diciembre de 2020.

Se entiende necesario establecer un límite en cuanto al año y la cilindrada de las unidades que podrán registrarse sin documentación de origen.

Para los casos en que no se cuente con el certificado de origen del motovehículo que se pretende inscribir, se suplirá ese requisito por una declaración jurada únicamente respecto de aquellos motovehículos de hasta 250 centímetros cúbicos de cilindrada fabricados o importados hasta el 31 de diciembre de 2009.

Los motovehículos con fecha de fabricación o de importación entre el 1° de enero de 2010 (fecha de entrada en vigencia de la Disposición D.N. Nº 667/09, que aprobara el uso de la Solicitud Tipo “01-D” digital) y el 31 de diciembre de 2020, podría permitirse la inscripción sin la presentación de los certificados de origen con independencia de la cilindrada de la unidad.

6 thoughts on “Disposición DI 157/21 – Motovehículos usados no registrados

  • eduardo giachero

    Hola por lo que acabo de leer en la nueva disposición que no se poder regular los modelo año del 2009 para abajo no se `podrá regularizar?
    Le agradecería que pudieran darme una mejor respuesta.

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  • Cuál sería el procedimiento, verificación física vehiculare,declaracion jurada ante que entidad? Registro correspondiente al titular registral! O se requiere algo más? Desde ya muchas gracias! También me gustaría recibir información de suscripción! Gracias!

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  • Leonardo oliva

    Quiero registrar una Vespa 150 año 1958, q era de mi papa ya fallecido, esa moto la compro en el año 1980 y tenía patente municipal y había recibos…la moto quedó 20 años en un galponcito y los pocos papeles q estaban en la gaveta se destruyeron con el agua igualmente rescate la moto de mi casa en Rosario y me la traje a la mía, la quiero dejar en condiciones, ni siquiera usarla.El registro de motos de Casilda les pedí registrarla y me piden un certificado de un ingeniero sino ni me toman el trámite.yo le dije q me la registren sin habilitación para conducir de última y no accedieron, en las redes sociales veo q en distintos puntos del país registraron motos antiguas sin ese csv, dicen q va a haber una reforma para estos casos de motos viejitas ….ya lo del registro lo probé….Uds han contestado a otras personas q el csv es para motos del 2002 en adelante, no para mi caso. .así puedo llevar su respuesta al registro y tener una ase oficial para defender mi posición.desde ya les agradecería su respuesta. Leonardo oliva dni16536192 los molinos santa fe

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  • hola, tengo una moto que era de mi hermano, lo dejo tirado detrás de la casa, lo rescaté hace 10 años, lo restauré un poco (ahora funciona) pero quiero tratar de poner los papeles a mi nombre, fui al registro el año pasado, y me dijeron que no es posible inscribirla, (veo esta resolución 157/2021) y aparentemente se puede, que hago? es una siambreta 175 cilindrada mod 64

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  • Roberto Amadeo Pavón

    hola debo concurrir nuevamente al registro?

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  • Nicolás

    Una moto inscrpta con chapa mpal año 81 de 750cc la puedo inscribir?

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