Licencia de conducir para motos, triciclos y cuatriciclos en Argentina
La “Clase A” es la que habilita conducir ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos, y se divide en subclases según el tamaño, la cantidad de ruedas y la potencia del motor.
En nuestro país, la Licencia Nacional de Conducir, es la autorización unificada que habilita legalmente a conducir a una persona, de acuerdo con la Ley N° 24.449, por todas las calles y caminos del territorio argentino, y en los países que están suscriptos a la convención de Ginebra de 1949. Pero no se limita a decir “puede manejar lo que sea”. Para cada clase de vehículo hay que aplicar a una clase o categoría de licencia de conducir distinta.
Claro está que no es lo mismo manejar una moto que un auto o un camión, y mucho menos cuando se trata de vehículos de transporte de pasajeros. A su vez, dentro de cada categoría de vehículo existen distintos subtipos de licencias de conducir y no se puede utilizar cualquier vehículo con cualquier permiso.
La Licencia Clase A es la que habilita conducir ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos, y se divide en subclases según el tamaño, la cantidad de ruedas y la potencia del motor.
Licencia Clase A 1
Habilita la conducción de ciclomotores y motocicletas.
- Clase A 1.1: Ciclomotores hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 cc) de cilindrada o cuatro kilowatts (4 kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica. Edad mínima permitida: 16 años.
- Clase A 1.2: Motocicletas hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 cc) de cilindrada u once kilowatts (11 kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica. Incluye clase A 1.1. Edad mínima permitida: 17 años
- Clase A 1.3: Motocicletas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 cc) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 cc) de cilindrada o de más de once kilowatts (11 kw) y hasta veinte kilowatts (20 kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica. A los efectos de obtener esta clase de licencia se debe acreditar una antigüedad previa de dos (2) años en la clase A 1.2, excepto los mayores de 21 años de edad. Incluye clase A 1.2.
- Clase A 1.4: Motocicletas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 cc) o de más de veinte kilowatts (20 kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica. A los efectos de obtener esta clase de licencia se debe acreditar una antigüedad previa de dos (2) años en la clase A 1.3, excepto los mayores de 21 años de edad que deberán acreditar un (1) año en motocicletas de cualquier cilindrada. Incluye clase A 1.3.cicletas.
Licencia Clase A 2
Para triciclos y cuatriciclos sin cabina de cualquier cilindrada o kilowatts de potencia máxima continua.
- Clase A 2.1: Triciclos y cuatriciclos sin cabina de hasta trescientos centímetros cúbicos (300 cc) o veinte kilowatts (20 kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica con manillar o manubrio direccional.
- Clase A 2.2: Triciclos y cuatriciclos sin cabina de más de trescientos centímetros cúbicos (300 cc) o veinte kilowatts (20 kw) de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica con manillar o manubrio direccional. A los efectos de obtener esta clase de licencia se debe acreditar una antigüedad previa de dos (2) años en la clase A 2.1, excepto los mayores de 21 años de edad que deberán acreditar un (1) año en triciclos o cuatriciclos de cualquier cilindrada, según el caso. Incluye clase A 2.1.
Licencia Clase A 3
Para triciclos y cuatriciclos cabinados de cualquier cilindrada o kilowatts de potencia máxima continua con volante direccional. Edad mínima permitida: 17 años de edad.
TN