Resolución 2/2022 – Antigüedad para el transporte automotor de pasajeros – Prórroga
Publicado en el Boletín Oficial, se resolvió que los modelo año 2011 podrán continuar prestando servicios por el plazo de TRES (3) años contados desde el vencimiento de la antigüedad requerida por el artículo 53 de la Ley N° 24.449.
Con la firma del Secretario de Transporte de la Nación, Dr. Diego Alberto Giuliano, se publicó la prórroga de referencia. Estos vehículos deberán efectuar la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.) en forma cuatrimestral.