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de la firma digital en los
Registros Seccionales.
En ese marco se
regularizaron las
condiciones para que 707
sedes registrales puedan
otorgar firma digital
cuestión fundamental en un
contexto de modernización
del Estado y de avance
hacia la digitalización
del sistema, cuyo eje es
la realización de la mayor
cantidad de trámites de
forma virtual, con la mayor
diligencia y eficacia posible.
De manera simultánea se han dispuesto una serie de medidas tendientes a actualizar la normativa
técnico-registral, en pos de mejorar las tramitaciones registrales y de preservar la seguridad
jurídica que debe prevalecer en todo el sistema registral automotor.
Con ese objeto, también, se ha
impulsado la regularización del parque
motovehicular destinado a aquellos/as
ciudadanos/as que por algún motivo se
encuentran imposibilitados de cumplir con
el requisito de la inscripción inicial al no
contar con la documentación necesaria
para ello.
Esta es una medida excepcional, limitada
en el tiempo y con requisitos específicos,
como: antigüedad, energía que los
propulsa, entre otros; incluyéndose en
este caso a los motovehículos eléctricos.
Las medidas mencionadas apuntan de
manera clara e inequívoca a resaltar
la presencia del Estado en la actividad
registral y ponen en evidencia la
importancia de esta tarea, ya que contribuye a dar certeza jurídica a la población.
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