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Radicación de un Automotor por Guarda Habitual-, una advertencia al público usuario informándoles que si
decidieran hacer uso de este instituto podrían ser susceptibles de una doble imposición tributaria, para que al
menos tengan la libertad de elegir si radican o no el automotor haciendo uso de esa posibilidad.
“Es importante también aclarar que en relación a los impuestos locales los y las Encargadas de Registro
actúan solamente como Agentes de Percepción de esos impuestos, pero son fondos de las jurisdicciones. Y,
si bien son cuestiones que exceden las facultades de la Dirección,
este organismo viene año tras año realizando esfuerzos para unificar
criterios, insistiendo de manera permanente y constante a través de
comunicaciones oficiales del Departamento de Rentas a los distintos
organismos oficiales provinciales para que modifiquen sus códigos
fiscales, y de este modo lograr una uniformidad de criterio en las
distintas jurisdicciones que conviven en un país federal”.
En cuanto a los medios de pago, el 21 de julio se publicó en el BO
la Disposición N° 145/22, por lo que esa es su fecha de entrada en
vigencia. A través de ella se dispuso la posibilidad de que los RRSS
cobren los aranceles correspondientes a los trámites iniciados a
través del SITE como así también en forma directa en la sede del
Registro Seccional e ingresados al Sistema Único de Registración
de Automotores -SURA-, mediante el uso de cualquier sistema o
plataforma digital que permita el pago a través de tarjetas de
débito, transferencias inmediatas 3.0, QR interoperable, débitos
directos, débitos debin, utilización de billeteras electrónicas
y/o cualquier otra modalidad de pago virtual o presencial
-con excepción de las tarjetas de crédito-, ya sea para concluir la
tramitación de manera enteramente virtual -sin necesidad de asistir
personalmente a las diferentes sedes de los Registros Seccionales-,
como para aquellas peticiones que se formalicen con la comparecencia
de los usuarios en el Registro Seccional.
“Ahora bien, esta Disposición es un primer paso puesto que ahora
corresponde determinar cómo se van a instrumentar los convenios
con las distintas empresas, así como también la integración de estos sistemas con los sistemas informáticos de
la Dirección Nacional”.
“Luego de superada esas instancias, la Dirección reglamentará todas aquellas cuestiones a los efectos
operativos y técnico-registrales, que sean necesarias”.
La Directora Nacional destacó “el esfuerzo que ha hecho esta Dirección nacional durante los dos últimos
años de gestión en construir una red federal con los y las Encargadas de Registro de todo el país, a través
de reuniones zonales mensuales en distintos puntos con el objeto de atender las diversas problemáticas
existentes que resultan ser, muchas veces, diversas de acuerdo al lugar donde esté situada la sede registral.
Asimismo, ello ha tenido por fin acercar los equipos técnicos de la Dirección al interior del país y atender las
problemáticas mencionadas”.
Finalmente, agregó que “me gustaría mencionar dos eventos de trascendencia para el ámbito registral
que vengo impulsando y presidiendo. Uno es la “Diplomatura en Derecho Registral 2022” que se está
desarrollando en la Fundación Centro de Estudios Registrales, que comenzó en el mes de mayo y finalizará
en noviembre de este año. La modalidad es virtual con 3/4 encuentros presenciales, y una duración de 52
horas cátedra”.
“El otro evento es el “I Congreso Nacional sobre Actualidad Registral” que se realizará entre los días 31 de
octubre y 4 de noviembre del corriente año en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y
cuyos temas serán, Registro Inmobiliario, Registro Público de Comercio, Registro de Automotores y Otros
Registros”.
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