Page 19 - Inforeg 27
P. 19

Radicación de un Automotor por Guarda Habitual-, una advertencia al público usuario informándoles que si
        decidieran hacer uso de este instituto podrían ser susceptibles de una doble imposición tributaria, para que al

        menos tengan la libertad de elegir si radican o no el automotor haciendo uso de esa posibilidad.


        “Es importante también aclarar que en relación a los impuestos locales los y las Encargadas de Registro
        actúan solamente como Agentes de Percepción de esos impuestos, pero son fondos de las jurisdicciones. Y,
        si bien son cuestiones que exceden las facultades de la Dirección,
        este organismo viene año tras año realizando esfuerzos para unificar
        criterios, insistiendo de manera permanente y constante a través de
        comunicaciones oficiales del Departamento de Rentas a los distintos
        organismos oficiales provinciales para que modifiquen sus códigos
        fiscales, y de este modo lograr una uniformidad de criterio en las
        distintas jurisdicciones que conviven en un país federal”.



        En cuanto a los medios de pago, el 21 de julio se publicó en el BO
        la Disposición N° 145/22, por lo que esa es su fecha de entrada en
        vigencia. A través de ella se dispuso la posibilidad de que los RRSS
        cobren los aranceles correspondientes a los trámites iniciados a
        través del SITE como así también en forma directa en la sede del
        Registro Seccional e ingresados al Sistema Único de Registración
        de Automotores -SURA-, mediante el uso de cualquier sistema o
        plataforma digital que permita el pago a través de tarjetas de

        débito, transferencias inmediatas 3.0, QR interoperable, débitos
        directos, débitos debin, utilización de billeteras electrónicas
        y/o cualquier otra modalidad de pago virtual o presencial
        -con excepción de las tarjetas de crédito-, ya sea para concluir la
        tramitación de manera enteramente virtual -sin necesidad de asistir
        personalmente a las diferentes sedes de los Registros Seccionales-,
        como para aquellas peticiones que se formalicen con la comparecencia
        de los usuarios en el Registro Seccional.


        “Ahora bien, esta Disposición es un primer paso puesto que ahora
        corresponde determinar cómo se van a instrumentar los convenios
        con las distintas empresas, así como también la integración de estos sistemas con los sistemas informáticos de

        la Dirección Nacional”.


        “Luego de superada esas instancias, la Dirección reglamentará todas aquellas cuestiones a los efectos
        operativos y técnico-registrales, que sean necesarias”.


        La Directora Nacional destacó “el esfuerzo que ha hecho esta Dirección nacional durante los dos últimos
        años de gestión en construir una red federal con los y las Encargadas de Registro de todo el país, a través
        de reuniones zonales mensuales en distintos puntos con el objeto de atender las diversas problemáticas
        existentes que resultan ser, muchas veces, diversas de acuerdo al lugar donde esté situada la sede registral.

        Asimismo, ello ha tenido por fin acercar los equipos técnicos de la Dirección al interior del país y atender las
        problemáticas mencionadas”.


        Finalmente, agregó que “me gustaría mencionar dos eventos de trascendencia para el ámbito registral
        que vengo impulsando y presidiendo. Uno es la “Diplomatura en Derecho Registral 2022” que se está
        desarrollando en la Fundación Centro de Estudios Registrales, que comenzó en el mes de mayo y finalizará
        en noviembre de este año. La modalidad es virtual con 3/4 encuentros presenciales, y una duración de 52
        horas cátedra”.


        “El otro evento es el “I Congreso Nacional sobre Actualidad Registral” que se realizará entre los días 31 de
        octubre y 4 de noviembre del corriente año en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y

        cuyos temas serán, Registro Inmobiliario, Registro Público de Comercio, Registro de Automotores y Otros
        Registros”.


                                                                                                                                                      17
   14   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24