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documentos, y el modo de efectuar la publicidad registral a partir de ello.-



        También se trataron temas referidos a la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, que modifico
        normas del derecho sucesorio, creo nuevos derechos reales y el tratamiento de la modificación del
        estado constructivo en el derecho real de propiedad Horizontal.-



        - Fue el coordinador del primer Tema del Congreso: Registración Inmobiliaria, ¿qué temas se
        expusieron?



        El tema I fue:


        Modernización de Registros. Documentos en soporte
        digital y documentos en soporte papel. Tratamiento
        registral de los mismos.



        Medidas implementadas para la aplicación de
        los nuevos medios y herramientas tecnológicas

        (continuación).-


        •      Publicidad Registral. Sistema de Publicidad Web. -
        •      Estado de Indivisión Hereditaria. - Inscripción
        de la Declaratoria de Herederos y Testamento sin

        que exista partición. Efectos de la publicidad de
        proporciones en los asientos registrales de declaratorias de herederos o testamentos previos a la reforma
        del CCyCN. -

        •      Unidades a construir o en construcción en Propiedad Horizontal. Impacto registral. Situaciones
        registrables antes del cambio a unidades construidas.



                                                Dr. Marcelo Eduardo Urbaneja

            Coordinador de Registración Mercantil, de Buques y de Aeronaves
              Escribano. Doctor en Ciencias Jurídicas (UCA). Miembro de Número de la Academia Nacional de

                                           Notariado. Director de la Carrera de Notariado (UCA)


        - ¿Podría comentarnos dónde se llevan a cabo esos trámites y la importancia en seguridad jurídica

        que brindan?


        En este tema se nuclean asuntos atinentes a tres grandes ramas de registraciones.
        La mercantil tiene registros locales que, según la demarcación de que se trate, puede encontrarse en un
        solo organismo (como la Inspección General de Justicia, en Capital Federal) o distinguir entre registración

        societaria y no societaria (como en provincia de Buenos Aires, en donde la primera corresponde a la
        Dirección Provincial de Personas Jurídicas, que depende del Poder Ejecutivo, y la segunda está a cargo del
        Registro Público, que integra el Poder Judicial).



        La de Buques la lleva el Registro Nacional de Buques y la de Aeronaves el Registro Nacional de
        Aeronaves.


        La seguridad jurídica que aportan resulta indudable.



        Si bien los roles que desempeña la registración para cada uno son diversos (pues unos aglutinan
        titularidades de derechos, como los dos últimos, y los mercantiles también esas titularidades, pero

        fundamentalmente situaciones ligadas a las personas jurídicas), el fin perseguido resulta equivalente,
        pues aún con efectos distintos en las inscripciones y anotaciones todos estos registros son pilares

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