Page 30 - Inforeg 41
P. 30
La situación puede cambiar para quienes deciden emigrar. Francia, Alemania y Estados Unidos
reconocen la validez de la licencia de conducir nacional por haber firmado las convenciones antes
mencionadas.
No obstante, “autorizan la circulación en el país por un período máximo de un año desde su
ingreso”, tal como se establece en los artículos “1″ y “1 b” de los tratados citados.
Puede ocurrir que se solicite también un permiso internacional de conducir que suele tener utilidad
en caso de accidentes.
Terminado ese plazo, sería necesario tramitar la licencia local cumpliendo con los requisitos que cada
país solicite para sus ciudadanos.
Lo mismo ocurre en Brasil, pero sin la máxima duración de un año por tratarse de naciones miembro
del Mercosur, aunque sólo en viajes de turismo. Para residentes extranjeros, debe tramitarse la
licencia local.
En el caso de España o Italia “las partes contrayentes reconocen recíprocamente las licencias
de conducir no provisorias y en fase de validez a favor de titulares de licencias de conducir que
adquieren la residencia en el propio territorio”, se lee en un reconocimiento recíproco firmado con
la República Italiana en abril de 2009.
28