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“requisito” y que aunque tienen un costo, lo cual es lógico y justo, debido a que los peritos que las realizan

         deben percibir los aranceles correspondientes por el trabajo que están realizando de enorme responsabilidad, la
         verificación física de la unidad no es un “gasto”, es una “inversión”.


         Sí, una “inversión” en seguridad
         jurídica, que nos permite saber
         que lo que estamos adquiriendo
         es totalmente legal y que no
         estamos comprando un vehículo
         robado, o como la gente
         comúnmente dice “mellizo” o
         “gemelo”. Muchas veces y con
         profunda tristeza lo cuento, me

         ha tocado ver gente que viene al
         registro totalmente feliz por haber
         adquirido su vehículo pero resulta
         que cuando van a verificar se dan
         cuenta de que gastaron todos sus
         ahorros en un vehículo “mellizo”
         , es decir, un vehículo robado o
         adquirido de alguna forma fuera

         de la ley, al cual se le han grabado
         las numeraciones de motor y
         chasis correspondiente de otra
         unidad.


         No se puede “tapar el sol con la
         mano”, no podemos negar que
         la delincuencia existe y no sólo aquí, en todo el mundo. Más o menos controlada pero existe. Como dije en
         ediciones anteriores, el Registro de la Propiedad del Automotor y Motovehículos es un punto fundamental en
         esta lucha contra los delitos del automotor, ya que desde allí en cada trámite, con cada uno de los requisitos
         que solicitamos, estamos haciendo algo sumamente importante que es resguardar la seguridad jurídica del
         bien. Pero sobre todo, resguardar la seguridad jurídica de las partes que intervienen en la operación. Desde el

         registro informamos a la gente sobre cuáles son los requisitos que deben tomar al adquirir una unidad para que
         no sean dañados o estafados en su buena fe.


         Para explicarlo con palabras simples “verificar la unidad” significa que llevamos el vehículo a una planta
         verificadora, lugar en donde hay un perito verificador que generalmente es policía y está capacitado para
         poder corroborar si el número de motor y chasis/cuadro es correcto. Esto quiere decir que coincide con la
         documentación que acompaña a la unidad pero, sobre todo y lo más importante, que no hay actitud delictiva.
         Cuando hablamos de actitud delictiva nos referimos a que no está adulterada la documentación, que la misma

         corresponde con el grabado original de fábrica y que no estamos ante un grabado “manual” realizado por un
         delincuente.  Vayamos ahora a analizar la normativa vigente sobre este tema.


         Nuestro Código Penal nos dice lo siguiente:


         Artículo 289


         Será reprimido con prisión de seis meses a tres años:


         1. El que falsificare marcas, contraseñas o firmas oficialmente usadas o legalmente requeridas para contrastar
         pesas o medidas, identificar cualquier objeto o certificar su calidad, cantidad o contenido, y el que las aplicare a
         objetos distintos de aquellos a que debían ser aplicados.



         2. El que falsificare billetes de empresas públicas de transporte.




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