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Nº 1114/97) y siempre que se peticione dentro de los NOVENTA (90) días posteriores contados
desde la inscripción a favor del comerciante habitualista, el arancel se reducirá en un DIEZ por
ciento (10%).
Si el automotor a transferir registrare prenda, el arancel a percibir se incrementará en Pesos
SESENTA Y CINCO ($ 65,00) En ningún caso este arancel será inferior a Pesos CINCO MIL
QUINIENTOS VEINTE ($ 5520,00).
Hasta aquí hablamos del arancel de transferencia. A eso debemos sumarle otros conceptos
que surgen del trámite.
Por ejemplo, les voy a nombrar algunos ya que depende de cada trámite al ingresar al Registro.
Los más comunes y que, generalmente, están siempre presentes en cada recibo de transferencia
son:
• Certificación de firmas en el caso de que las partes firmaran en la sede registral. Un
arancel por cada firma.
• Título
• Cédula
• Cédula de autorizado a conducir
• Actualización, Alta o Baja impositiva
• Informe de Infracciones
• ST13 (pueden variar de 3 a 5 o más según los convenios de complementación de servicios,
sellados e infracciones)
• Pedido de Legajo (cuando el trámite se presenta en la futura radicación correspondiente al
domicilio del comprador)
• Envío de Legajo (cuando el trámite se presenta en el registro de radicación pero se debe
enviar el mismo al que corresponde por la localización que fija el domicilio del comprador)
• Sellado (este es un porcentaje sobre el valor de la unidad que depende de cada Provincia
ya que lo fija la ley tributaria de la misma. Por ejemplo, en la Provincia de Córdoba es el 1.5% si
se presenta dentro de los 15 días hábiles de cerrado el contrato)
• Etc.
Si son lectores observadores, habrán notado que cuando puse el ejemplo, especifiqué fecha de
inscripción y modelo año porque es fundamental aclarar cual debemos tomar para el arancel
de transferencia. Pero en vez de explicarlo dejo que lo lean ustedes mismos en esta circular que
es de vital conocimiento si queremos hacer bien el cálculo.
La Circular C.A.N.J. (COORDINACIÓN de ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES) N°7 /2006 nos
aclara como se establece el arancel de transferencia
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