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Unidad de Información Financiera
Control de Lavado
de Dinero en RRSS
Ley n° 25.246 –modificada por su similar n° 26.683
políticas de prevención de lavado de dinero y financiación
del terrorismo. Creación de la unidad de información
financiera. Impacto sobre organismos estatales
considerados como sujetos obligados a informar. Registro
nacional de la propiedad del automotor y créditos
prendarios.
El 13 de abril de 2000 el Honorable Congreso y comercialización ilícita de estupefacientes,
de la Nación aprobó la Ley 25.246 que modificó contrabando de armas y/o estupefacientes,
el Código Penal de la República Argentina, fraude contra la administración pública,
tipificando el delito de encubrimiento y lavado prostitución de menores y pornografía infantil,
de activos de origen delictivo y creó la Unidad financiación del terrorismo, extorsión y trata de
de Información Financiera como un organismo persona, entre otros.
autónomo y con autarquía financiera dentro de
la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos El artículo 14 de la citada ley prevé que la
Humanos de la Nación (art. 5°), asignándole Unidad de Información Financiera estará
el análisis, tratamiento y la transmisión de facultada para solicitar informes, documentos,
información a los efectos de prevenir e impedir antecedentes y todo otro elemento que estime
el delito de lavado de activos (art. 303 del útil para el cumplimiento de sus funciones,
Código penal) preferentemente proveniente de a cualquier organismo público, nacional,
la comisión de delitos relacionados con el tráfico provincial o municipal, y a personas físicas o
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