Page 16 - Inforeg 14
P. 16

Sucede que el usuario viene al Registro sin la verificación porque, en lugar de ver el año
        de inscripción en el título, toman en su lugar el modelo año, el cual es anterior y al que no
        corresponde la verificación de la unidad.



        En autos esto es poco usual y son casos atípicos, pero en motos, sobre todo en lugares
        del interior, es muy “normal” que la gente compre la moto, la lleve a su casa y circule

        libremente sin pasar por el Registro. Policías de tránsito, en controles, las retienen. Acuden
        al Registro desesperados para inscribirlas, cuando ya pasaron semanas, meses y hasta
        años de su compra.


        Esto, por supuesto, incumpliendo lo establecido con en el Régimen Jurídico del Automotor y

        en el D.N.T.R. en los plazos establecidos para las inscripciones de las unidades.
        Hace poco tuve un caso de una moto modelo 2000 pero inscripta en 2007. El usuario
        no quería entender que debía verificar, hasta que le mostré la normativa, expliqué con

        paciencia y logró comprender.  Todo sería más fácil en nuestro trabajo si los involucrados
        en la venta de una unidad cumplieran con la normativa. Se inscribirían en tiempo y forma
        como corresponde.


        Sin contar el perjuicio para el usuario que debe pagar multas y recargos. Los actores

        más importantes del sistema son los que deberían tomar todos los recaudos para que
        la normativa se cumpla, que el vehículo salga a la calle a circular después de haber sido
        inscripto como corresponde. Al usuario no se le puede hacer responsable de lo que no

        conoce.


            ●          Inscripción de transferencia de automotores y motovehículos, en caso de no
        presentarse el Título de Automotor.



        Si bien antes el trámite de duplicado de título se hacía con los títulos papel, la normativa
        se modificó y no es necesaria presentar como requisito la st12 verificación física de la
        unidad. Lo es, si éste trámite de duplicado de título se presenta en forma simultánea con

        la transferencia, porque el título se encuentra extraviado y no puede presentarse para
        transferir. Para los que

        son nuevos en esta
        actividad, les cuento que
        hace años cuando no
        teníamos los registros

        informatizados, cada
        unidad tenía un título
        en papel en el cual, con
        nuestra máquina de

        escribir, asentábamos
        cada transferencia que se
        iba realizando.



        Si extraviaban ese título
        y tenían que transferir,
        se solicitaba, junto a la


        transferencia, el trámite de duplicado de título para volver a tenerlo y poder asentar en el
        mismo ésa y futuras transferencias o trámites de la unidad.
        En la actualidad, en el caso de los títulos digitales, procedemos a realizar el trámite de
        Recuperación de CAT el cual no tiene arancel, es decir no tiene costo y nos permite volver a
        revalidar e imprimir el título.



   14
   11   12   13   14   15   16   17   18   19   20   21