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completar todo el proceso de trámites referidos a su operación en un solo lugar, evitando que tenga
que peregrinar por diferentes “ventanillas” para completar el mismo.
QUIENES SON LOS ENCARGADOS DE REGISTRO
El decreto 644/89 estableció que los Registros Seccionales que conforman el Registro Nacional
de la Propiedad Automotor y el Registro Nacional de Créditos Prendarios, estarán a cargo de un
Encargado de Registro.
Los Encargados de Registro son funcionarios públicos que ejercen su función conforme a la ley,
reglamentaciones y las normas que al efecto disponga la Dirección Nacional de Los Registros
Automotor y de Créditos Prendarios.
A partir del dictado de la Resolución 238/2003 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos
Humanos cada Encargado de Registros Seccionales accede al cargo mediante Concurso Público de
Antecedentes y deberá poseer título habilitante de Abogado, Contador y/o Escribano.
Este es una de las mejoras
que ha tenido la actividad
que fue transitando desde
la posibilidad de designar
a cualquier individuo
a cargo de una de estas
oficinas a exigir el acceso
a las mismas mediante
Concurso Público logrando
así la profesionalización
de la actividad y la
transparencia del sistema.
Los concursos han sido
realizados por gestiones
de las distintas administraciones (Macristas y Kichneristas) lo que representa una sólida política de
Estado.
Estos funcionarios son la cara visible de un sistema de prestación de servicios que conjuga lo
público con lo privado y su actividad está asegurada respecto al Estado Nacional con la obligación
de contratar un seguro de caución y al usuario con un seguro de mala praxis por errores y/u
omisiones en la prestación de su servicio.
CÓMO SE SOSTIENEN CADA UNA DE ESTAS OFICNAS
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