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La principal reforma es la incorporación de un registro remoto, abierto, estandarizado y accesible

         que deberá funcionar a más tardar el 2 de mayo del 2024.




         Los plazos para su

         implementación

         aparecen exiguos
         y desconocen  la

         complejidad del

         sistema registral.




         No se ha explicado

         porque avanzar en

         un nuevo sistema
         digital paralelo al

         que ya existe y está

         funcionando ni cuál

         es el beneficio para el
         usuario de afectar la

         actual división registral en seccionales.




         Lo atribuyo al espíritu fundacional argentino, en este caso se propone la implementación de un

         sistema que no existe y no sabemos cómo va a funcionar para reemplazar uno que existe y está

         funcionando correctamente.




         Lo ideal sería que los intentos de mejora de los procesos se hagan contemplando lo que tenemos

         y sin abandonar una de las virtudes del sistema que es su sentido nacional y federal.




         Aparte de la implementación del sistema paralelo de registración se hicieron otro tipo de

         modificaciones al articulado vigente; algunas de más fácil y otras de más difícil implementación
         en el día a día.





         Entre las de fácil implementación se pueden mencionar la eliminación del beneficio a comerciantes
         habitualistas, eliminación del plazo de caducidad de solicitudes tipo y eliminación del vencimiento

         de las cédulas (ver modificaciones a los  artículos 9, 13 y 23).




         Entre las de difícil implementación en el Art. 19 inc d) del decreto ley se dispone que la anotación

         de los endosos de contratos de prenda podrá hacerse en cualquier Registro Seccional o

         directamente en el servicio de inscripción remoto de la Dirección Nacional; situación de muy difícil

         implementación en la práctica ya que deberá la autoridad de aplicación indicar el procedimiento
         para respetar el encadenamiento regular de los asientos de las peticiones realizadas por los

         usuarios.



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