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El Funcionario Público denominado Encargado es quien debe afrontar el costo de funcionamiento
de la oficina, es decir, sueldos, materiales de trabajo, alquiler, seguros, computadoras, insumos
tecnológicos con parte del dinero recaudado.
No hay relación de dependencia laboral del Encargado con el Estado Nacional ni de sus empleados
con el Estado.
Es decir, los empleados no son empleados públicos, son trabajadores del Encargado quien es el
obligado ante algún inconveniente en la relación laboral.
Es decir, no hay recurso humano inoficioso en los RPA porque el que paga el sueldo, el Encargado,
lo haría en su propio perjuicio.
QUÉ ES LO QUE SE PAGA, CUANDO SE ABONA UNA TRANSFERENCIA
El costo registral del trámite es aproximadamente el 1.5% del valor del vehículo de origen nacional y
2% en caso de origen importado.
El resto de los costos que el ciudadano abona son impuestos nacionales, provinciales y en alguno
distritos tasas municipales.
A esto debe agregarse el monto de las infracciones que haya cometido el ciudadano.
En este punto es importante destacar que las deudas de infracciones y/o patente no impiden la
transferencia del vehículo.
Estos montos no tienen que ver con la actividad registral, son cobrados por los registros a partir de
acuerdos con diferentes organismos que delegan el cobro en estas oficinas precisamente por su
eficiencia.
En la actualidad el plazo de procesamiento de un trámite es de 24 a 48 hs.
Los informes de dominio, certificados de dominio, denuncia de venta, se pueden realizar en forma
totalmente digital.
Es el camino que se está transitando hacia la digitalización absoluta de la totalidad de los trámites.
LAS MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL DNU 70/2023 Y SU IMPACTO EN LA
PRÁCTICA
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