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“Las licencias de conducir para categorías no profesionales se emitirán sin fecha de caducidad. Los
conductores deberán presentar cada cinco años una declaración jurada e informar, a través de una
plataforma electrónica, sobre su aptitud psicofísica para conducir, respaldada por un certificado
expedido por un médico acreditado por la autoridad correspondiente. A partir de los 75 años, esta
obligación deberá cumplirse anualmente bajo el mismo formato. La presentación del certificado
médico y la declaración jurada será digital y no implicará ningún costo”, establece el texto
presentado al parlamento.
Más adelante, la iniciativa legislativa incorpora una modificación al artículo 3º, donde se detalla la
manera en que se llevarán a cabo los exámenes médicos:
“Artículo 13 bis: la autoridad de aplicación elaborará el protocolo de evaluación de aptitud
psicofísica para el manejo de categorías no profesionales y dictará los cursos de formación
específicos para los médicos que expidan los certificados correspondientes.
A tales efectos, la autoridad de
aplicación deberá contar con un
registro de los médicos que hayan
aprobado dicho curso, el que deberá ser
de acceso público.
El certificado de aptitud psicofísica
deberá contar con la firma del
médico, y demás requisitos técnicos
y legales que establezca la autoridad
de aplicación, garantizando la
inalterabilidad del mismo.
Dicha evaluación en ningún caso será
realizada bajo criterios de edad o
franjas etarias.”
En la actualidad, la renovación de la
licencia no demanda una evaluación
médica exhaustiva, sino únicamente
una revisión de la vista y una prueba
de coordinación psicomotriz básica.
Según la jurisdicción, entre los
requisitos para renovar el permiso de conducir puede incluirse un curso en línea sobre
educación vial, cuya duración y nivel de detalle varían.
Sin embargo, sólo se requiere un certificado médico en el caso de conductores que presenten
una condición visual o auditiva preexistente.
“La idea es siempre la misma. Menos burocracia recaudatoria, más simplicidad de trámites, y sistema
acorde al siglo XXI con digitalización absoluta. Por eso es que no tendría costo”, explicó Vásquez.
Al mencionar la obligatoriedad de presentar un certificado médico expedido por un
profesional autorizado por la autoridad competente, se introduce un trámite presencial que
hasta ahora sólo era necesario para aquellos con una condición médica específica.
Además, si el profesional homologado trabaja de manera privada, habrá un costo asociado a
la consulta, que deberá ser asumido por los ciudadanos, las Obras Sociales o las empresas de
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