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“Las licencias de conducir para categorías no profesionales se emitirán sin fecha de caducidad. Los
        conductores deberán presentar cada cinco años una declaración jurada e informar, a través de una

        plataforma electrónica, sobre su aptitud psicofísica para conducir, respaldada por un certificado
        expedido por un médico acreditado por la autoridad correspondiente. A partir de los 75 años, esta

        obligación deberá cumplirse anualmente bajo el mismo formato. La presentación del certificado
        médico y la declaración jurada será digital y no implicará ningún costo”, establece el texto

        presentado al parlamento.

        Más adelante, la iniciativa legislativa incorpora una modificación al artículo 3º, donde se detalla la

        manera en que se llevarán a cabo los exámenes médicos:

        “Artículo 13 bis: la autoridad de aplicación elaborará el protocolo de evaluación de aptitud

        psicofísica para el manejo de categorías no profesionales y dictará los cursos de formación
        específicos para los médicos que expidan los certificados correspondientes.


        A tales efectos, la autoridad de
        aplicación deberá contar con un
        registro de los médicos que hayan

        aprobado dicho curso, el que deberá ser
        de acceso público.


        El certificado de aptitud psicofísica
        deberá contar con la firma del

        médico, y demás requisitos técnicos
        y legales que establezca la autoridad
        de aplicación, garantizando la

        inalterabilidad del mismo.

        Dicha evaluación en ningún caso será

        realizada bajo criterios de edad o
        franjas etarias.”


        En la actualidad, la renovación de la

        licencia no demanda una evaluación
        médica exhaustiva, sino únicamente
        una revisión de la vista y una prueba

        de coordinación psicomotriz básica.

        Según la jurisdicción, entre los

        requisitos para renovar el permiso de conducir puede incluirse un curso en línea sobre
        educación vial, cuya duración y nivel de detalle varían.


        Sin embargo, sólo se requiere un certificado médico en el caso de conductores que presenten
        una condición visual o auditiva preexistente.


        “La idea es siempre la misma. Menos burocracia recaudatoria, más simplicidad de trámites, y sistema
        acorde al siglo XXI con digitalización absoluta. Por eso es que no tendría costo”, explicó Vásquez.


        Al mencionar la obligatoriedad de presentar un certificado médico expedido por un
        profesional autorizado por la autoridad competente, se introduce un trámite presencial que

        hasta ahora sólo era necesario para aquellos con una condición médica específica.

        Además, si el profesional homologado trabaja de manera privada, habrá un costo asociado a

        la consulta, que deberá ser asumido por los ciudadanos, las Obras Sociales o las empresas de



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