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Esta es la primera modificación aprobada por la Al dejar constancia del trámite en la hoja
Resolución N° 1568/92. de registro, aclarar la foja en la cual está la
documentación de dicho trámite. Esto es para
resguardad la seguridad de la documentación.
Volvemos al DNTR
En el pasado hubo casos en que delincuentes
Artículo 3º.- Los automotores importados robaron documentación de legajos, por
por ciudadanos extranjeros que obtengan su ejemplo, prendas. Esto es gravísimo y por
derecho de radicación en el país, cuyo ingreso supuesto fue detectado por la Dirección
se opere por aplicación de la Resolución General Nacional, que cuenta con un enorme grupo
N° 3109/11 de la Administración Federal de de auditores que hacen inspecciones físicas
Ingresos Públicos, no podrán ser transferidos para que cada ciudadano esté tranquilo de
por el lapso de DOS (2) años a contar de la que todo se realiza dentro de la ley y que la
fecha de su nacionalización. Dicha circunstancia documentación de su unidad está en el lugar
se hará constar en el Título del Automotor y en que corresponde, con la seguridad jurídica
la Hoja de Registro, indicándose allí la fecha en que debe tener.
que se cumple el mencionado plazo (día, mes,
año). No todos los días podemos contar en los
Registros con personal de la Dirección
Artículo 4º.- Para la Inscripción Inicial de los Nacional de la Propiedad del Automotor
automotores comprendidos en esta Sección se especializada en diferentes áreas como Rentas,
deberá presentar la documentación prevista Normativa, Edilicia, etc. para consultar todas
en la Sección 3ª de este Capítulo y dar nuestras dudas.
cumplimiento a las normas de procedimiento
que con carácter general se establecen en Cuando la pandemia sea un recuerdo, y las
dicha Sección. En la documentación registral auditorías físicas retomen esa actividad
se dejarán las constancias mencionadas en el de “darnos vuelta el registro”, también
artículo anterior. sabremos cuán importante es para el
aprendizaje profesional en nuestra función y
Si quien peticiona el trámite de Inscripción es por ende “un mejor servicio al usuario”.
un extranjero, debemos tener en cuenta el
art. 3 y puntualizar que durante dos años no
podrá transferir la unidad. Hay que aclararlo
para que el usuario sepa a qué se atiene si
trae su auto al país. Y como siempre, dejar
constancia en el Titulo del Automotor para que
quien lo lea sepa bajo qué régimen se importó
y que no es posible su transferencia por el
término de dos años.
Lo mismo deberá volcarse en la hoja de
registro, para los que no están en la parte
interna.
En simples palabras, la hoja de registro es
como la síntesis de todos los trámites que
tiene el dominio.
Allí se encuentra asentado cada movimiento
o trámite que se hizo sobre la unidad y esto
permite ser visualizado con agilidad, por
ejemplo, en el caso de una consulta de legajo.
Profesora María del Valle Gastaldi
Es muy importante y hay que tener la Encargada Suplente Registro 28009
precaución de foliar siempre todas las fojas del Gral. Cabrera “A
legajo.
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