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regresen al país en ocasión de su traslado o al                        argentino.
        término de la misión, respectivamente, siempre
        que hubieren permanecido en el exterior por un  8. El plazo establecido en el Punto 7 precedente
        lapso no inferior a un (1) año.                                        se computará del siguiente modo cuando se
                                                                               trate de ciudadanos extranjeros:
        c) Motociclos y velocípedos de propiedad

        de ciudadanos extranjeros que obtengan su                              a) Radicación obtenida con anterioridad al
        derecho de radicación en el país.                                      arribo definitivo: Desde la fecha del ingreso de
                                                                               la persona.
        d) Motociclos y velocípedos que, de
        conformidad a la legislación aduanera, deban                           b) Radicación obtenida después del arribo
        ser enajenados por esta Administración                                 definitivo de la persona: Desde la fecha del
        Nacional.                                                              otorgamiento de la radicación definitiva.


        RESIDENCIA EN EL EXTERIOR                                              REGISTRO DE LOS AUTOMOTORES,




        5. La residencia en el exterior
        de los ciudadanos argentinos se
        podrá acreditar mediante alguno
        de los siguientes documentos para
        las situaciones establecidas en los
        apartados a) y b) de los puntos 2
        y 4 de este Anexo:


        a) Pasaporte y Certificado de

        Residencia.


        b) Certificado Consular de
        Residencia para países limítrofes.


        RADICACIÓN EN EL PAÍS


        6. Los ciudadanos extranjeros
        alcanzados por el Apartado c) de


        los Puntos 2 y 4 de este Anexo podrán acreditar  MOTOCICLOS Y VELOCÍPEDOS ANTE LA
        el derecho de radicación en el país mediante                           AUTORIDAD OFICIAL COMPETENTE EN EL PAÍS
        alguno de los siguientes documentos:                                   DE RESIDENCIA


        a) Certificado de Radicación expedido por la                           9. Los vehículos indicados en los apartados
        Dirección Nacional de Población y Migración.                           a), b) y c) de los puntos 2 y 4 de este
                                                                               Anexo deberán encontrarse inscriptos ante

        b) Constancia Consular en el Pasaporte de la                           la autoridad oficial competente del país de
        Radicación.                                                            residencia con anterioridad a los tres (3) meses
                                                                               de la fecha de ingreso del ciudadano al país,
        c) Documento Nacional de Identidad.                                    aportándose en tales casos la constancia que
                                                                               expida dicha autoridad. En los países en que
        ARRIBO DE LOS AUTOMOTORES,                                             no exista el aludido registro, dicho requisito
        Y MOTOCICLOS Y VELOCÍPEDOS                                             será reemplazado por una declaración jurada
        (Motocicletas)                                                         visada por el Consulado Argentino con la misma
                                                                               anterioridad indicada en el párrafo precedente,

        7. El arribo al país de las unidades                                   a la que se acompañará la factura de compra
        comprendidas en los apartados a, b, c, de los                          donde consten los datos del vehículo.
        puntos 2 y 4 de este Anexo, podrá producirse
        desde tres (3) meses antes y hasta seis (6)                            CANTIDAD DE AUTOMOTORES,
        meses después del arribo del ciudadano                                 MOTOCICLOS Y VELOCÍPEDOS A



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