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el usuario está concurriendo al Registro que
le corresponde por su domicilio y el hecho de
que se envíe un legajo de un registro a otro
es algo interno por lo cual no siempre los
tiempos son los mismos, y eso jamás puede
perjudicar al usuario.
Les doy un ejemplo real de un hecho real de
porque considero este párrafo del digesto
debería cambiar. Dos personas Juan y Esteban
cierran un contrato de compraventa, ambos
viven en provincias diferentes Juan que es el
vendedor vive en Chubut y Esteban que es
el comprador vive en San Juan. Por razones
de distancia a Esteban le es imposible viajar
a Chubut a presentar el trámite por lo cual
ejerce su derecho de presentarlo en el Registro
de San Juan que le corresponde por su
jurisdicción, lo cual es totalmente correcto.
Ahora bien el trámite de transferencia con
pedido de legajo se presenta correctamente
cumpliendo todos los requisitos que
corresponden y entonces debido a una falla
en los sistemas, algo totalmente normal que
puede suceder porque A.C.E. es un programa de computación, el pedido es recepcionado pero tarda en ser
aceptado porque es imposible hacerlo.
En ese lapso y después de la fecha de presentación en el registro de futura radicación, teniendo en cuenta que
el Registro ya recibió el pedido desde el otro registro, se presenta en el Registro de radicación una inscripción
de un embargo que afecta el bien… Mi pregunta es, y me gustaría que los lectores lo analizaran y debatieran...
¿Es justo que quien compro el auto de buena fe, que como corresponde, presentó su trámite de transferencia
en tiempo y forma se vea afectado por una medida judicial que se dicta después de la firma del contrato y se
presenta después del ingreso de la transferencia, simplemente porque la persona decidió ejercer su derecho de
presentar el trámite en el Registro que le corresponde por su jurisdicción porque no tenía el dinero para viajar
miles de kilómetros hasta el registro de radicación?
Es correcto que tomen ese embargo si ya el otro
registro solicito la radicación y hay una transferencia
presentada como corresponde con fecha anterior a
la presentación del embargo?. Esteban compró una
unidad sin gravámenes y presento su documentación
en tiempo y forma, es justo que ingrese el embargo
porque el no tuvo dinero para viajar?
Si queremos una Patria más justa, si queremos
una Patria que cuide a cada uno de sus habitantes
comencemos por hacer cumplir las leyes y sobre
todo por respetar los derechos de cada habitante del
suelo argentino y que nadie se perjudique por ejercer
su legítimo derecho de presentar su trámite en la
jurisdicción que corresponde.
Profesora María del Valle Gastaldi
“Respetar y resguardar los derechos de todos y Encargada Suplente Registro 28009
todas es respetar y resguardar a la Patria” Gral. Cabrera “A
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