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Para profundizar en el conocimiento
del marco regulatorio y su aplicación,
se indagó también en las opiniones
acerca de las responsabilidades de
cada actor del sistema para asegurar
el uso del cinturón de seguridad.
En este caso, emerge con fuerza la
creencia sobre la responsabilidad
individual de las personas usuarias
en la decisión de usar o no usar el
cinturón. La percepción de las personas usuarias es que son responsables por sí mismas de utilizar el cinturón
de seguridad, pero en la medida
en que quienes ejecutan las tareas
de prestación y control asuman la
responsabilidad de garantizar su
accesibilidad y buen funcionamiento.
Entre los conductores la dimensión
de la responsabilidad adquiere un
matiz al señalar la responsabilidad
de las personas usuarias y quitar la
responsabilidad que puedan tener
como trabajadores de la empresa. En este caso delimitan sus funciones a las tareas que entienden están
involucradas en su actividad laboral.
Los fiscalizadores refuerzan esta
lectura. Desde su función refieren
que deben garantizar que las
empresas pongan a disposición
los cinturones de seguridad en
condiciones para ser utilizados
de manera adecuada, pero que
la decisión final de utilizarlo o de
omitir el dispositivo queda en las
personas usuarias.
Se consultó a las personas
usuarias si durante los viajes
realizados previamente fueron
supervisadas en el uso de cinturón
por parte del personal de la
empresa o de algún agente de
control estatal.
Al respecto se puso de manifiesto que no es usual el control o fiscalización de uso, ni por parte de los
conductores u otro personal de la empresa prestataria ni por parte de entes reguladores. La falta de control,
vinculada a la falta de precisión
sobre la responsabilidad en el
marco regulatorio, constituye
una barrera para incentivar el
uso generalizado de cinturón de
seguridad. También se percibe
como un problema que los
servicios ya no cuenten con
personal auxiliar a bordo, el cual
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