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que la existencia de uno de esos factores no                           •  Cuando el acreedor prendario sea un
        significa necesariamente que una transacción                               organismo del Estado Nacional, Provincial,
        sea sospechosa de estar relacionada con el                                 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o
        lavado de activos o con la financiación del                                los Municipios, en el marco de programas
        terrorismo.                                                                nacionales, provinciales o municipales de
                                                                                   financiamiento de pequeñas y medianas

        El artículo 22 es otro de los logros de la                                 empresas, emprendimientos productivos
        Dirección Nacional en la mesa de enlace con                                u otros similares. Esta excepción se aplica
        la Unidad de Información Financiera toda                                   exclusivamente respecto de los organismos
        vez que originalmente el control al que hace                               del Estado y no comprende a los restantes
        referencia debía ser efectuado por los Registros                           intervinientes en la operación de que se
        Seccionales ante cada trámite que se les                                   trate.
        presentara y que fueran objeto de la Disposición
        DN N° 293/12 .- “FINANCIACIÓN DEL                                      •  Cuando el acreedor prendario sea la
        TERRORISMO:                                                                ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA

                                                                                   SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Esta excepción
        A partir de las comunicaciones diarias que los                             se aplica exclusivamente respecto del citado
        Registros Seccionales practican actualmente                                organismo y no comprende a los restantes
        a la Dirección Nacional por vía electrónica,                               intervinientes en la operación de que se
        este organismo realizará un confronte                                      trate.
        informático con la finalidad de constatar si
        existen coincidencias entre los nombres de los                         A continuación, y con carácter ilustrativo se
        peticionarios de los trámites enumerados en                            transcribe la guía de transacciones inusuales o
        el artículo 1° con aquellos que constan en los                         sospechosas de lavado de activos y financiación
        listados de terroristas obrantes en los registros                      del terrorismo y otras pautas de control propias
        de la Unidad de Información Financiera.                                de la actividad:



        De hallarse una coincidencia, al día siguiente                                 Guía de transacciones inusuales o
        se informará de ella al Registro Seccional                                   sospechosas de lavado de activos y
        que corresponda, el que deberá comunicarlo                                          financiación de terrorismo.
        inmediatamente a la Unidad de Información
        Financiera -habilitándose días y horas inhábiles                       “Las operaciones mencionadas en la presente
        al efecto-, por cualquier medio, brindando las                         guía no constituyen por si solas o por su
        precisiones mínimas necesarias y las referencias  sola efectivización o tentativa, operaciones
        para su contacto. Sin perjuicio de ello, por                           sospechosas. Simplemente constituyen una

        razones de urgencia o distancia, los Registros                         ejemplificación de transacciones que podrían ser
        Seccionales podrán dar intervención inmediata                          utilizadas para el lavado de activos de origen
        al juez competente, con comunicación posterior  delictivo y la financiación del terrorismo.
        a la Unidad de Información Financiera”.
                                                                               En atención a las propias características de los
        En el artículo 23 se enumeran taxativamente                            delitos de lavado de activos y de financiación
        los casos exceptuados del cumplimiento de las                          del terrorismo, como así también la dinámica de
        obligaciones establecidas en la Disposición Dn                         las tipologías, esta guía requerirá una revisión
        N° 293/12 –y sus modificatorias- :                                     periódica de las transacciones a ser incluidas en
                                                                               la presente.
        •      Las inscripciones de bienes ordenadas en

        el marco de juicios sucesorios;                                        La experiencia internacional ha demostrado
                                                                               la imposibilidad de agotar en una guía de
        •  Cuando el adquirente de los bienes sea el                           transacciones la totalidad de los supuestos a
            Estado Nacional, los Estados Provinciales,                         considerar, optándose en virtud de las razones
            la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,                                allí apuntadas, por el mecanismo indicado en el
            o los Municipales; o sus organismos                                párrafo precedente.
            descentralizados.
                                                                               La presente guía deberá ser considerada como
        •  Cuando se trate de inscripciones iniciales de                       complemento de la norma general emitida.

            automotores a nombre de sus fabricantes.
                                                                               1. La inscripción, constitución, cesión o

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