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transferencia o denunciado la venta ante el En una primera aproximación se alzan por
Registro correspondiente. Cuadro de rubros encontrarse disconforme con que se haya
indemnizatorios...” hecho lugar la excepción de legitimación pasiva
interpuesta por la Sra. Lorea y su extensión al
Sentencia. codemandado Raffo.
A fs. 951/963 se dictó sentencia:
Por los fundamentos esbozados a fs. 1089/1092
a) Admitiendo parcialmente la demanda requieren la revocación parcial del fallo
planteada por la Sra. Paulina Sánchez contra cuestionado sobre el particular, con costas a los
los Sres. Diego Manuel Taborda y Ariel Mario vencidos.
Tenembaum, a quienes condenó en forma
concurrente a pagar a la actora, dentro del Luego de ello, se agravian por el hecho de
plazo de diez días y bajo apercibimiento de que se haya admitido la excepción de falta
ejecución, la suma de $ 151.220, con más de seguro planteada por «Liderar Compañía
sus intereses que deberán liquidarse a la tasa General de Seguros S.A», por lo que pretende
activa cartera general (préstamos) nominal también se deje sin efecto lo dispuesto por ante
anual vencida a 30 días del Banco de la Nación la anterior instancia, y en su virtud, se haga
Argentina y costas del proceso; extensiva la condena a la citada en garantía en
cuestión, con costas de ambas instancias a la
b) Hizo lugar a la defensa de falta de perdidosa.
legitimación pasiva planteada por la
codemandada Marta Graciela García Lorea, con Posteriormente se alzan por entender reducidos
los montos justipreciados por el anterior
magistrado bajo los rubros incapacidad
sobreviniente y daño moral. Solicitan su
elevación hasta sus justos límites.
IV) Excepción de falta de legitimación pasiva
interpuesta por la Sra. Lorea y su extensión al
codemandado Raffo.
El Sr. Juez de grado admitió la excepción de
falta de legitimación pasiva planteada por la
codemandada García Lorea e hizo extensivo sus
efectos al co-accionado Raffo.
Ante dicha situación, se queja la parte
actora, por lo que pretende se revoque el
pronunciamiento de grado.
efectos extensivos al Sr.Luis Esteban Raffo, con a) Debe recordarse que a fs. 175/183 se
costas del codemandado Tenembaum; presentó la Sra. Marta García Lorea y opuso
excepción de falta de legitimación pasiva.
c) Hizo lugar a la defensa de falta de seguro Sostuvo que el vehículo Chevrolet Monza,
planteada por la empresa «Liderar Compañía dominio ASM 403, fue enajenado por ella y su
General de Seguros S.A», con costas al esposo (Luis Esteban Raffo) el 14 de septiembre
codemandado Tenembaum y del año 2004 al Sr. Ariel Mariano Tenembaum,
esto es, dos años antes de la ocurrencia del
d) Reguló los Honorarios de los profesionales hecho dañoso.
intervinientes.
Pruebas:
Agravios:
De la información remitida por el Registro
La parte actora vierte sus quejas a fs. Nacional de la Propiedad del Automotor se
1089/1094. desprende que a la fecha del siniestro acaecido
los titulares del rodado que intervino en el
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