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a) Denunciar el o los domicilios en los cuales se localizarán o exhibirán los vehículos
automotores o motovehículos usados, para su comercialización.
b) De tratarse de personas humanas, acompañar copia autenticada del Documento
Nacional de Identidad; de tratarse de personas jurídicas, de la documentación prevista
en el Título I, Capítulo IV, Sección 3° artículo 1°, según corresponda
c) Certificado de Antecedentes Penales extendido por el Registro Nacional de
Reincidencia, respecto de las personas humanas y de los integrantes de las personas
jurídicas previstas en el Título I, Capítulo IV, Sección 3° artículo 1°, inciso 3).
d) Asumir, al peticionar la inscripción, el cumplimiento de las obligaciones establecidas
en el artículo 2º de esta Sección.
e) Adjuntar la constancia de la inscripción del solicitante en la Clave Única de
Identificación Tributaria (C.U.I.T.) en la forma establecida en el Título I, Capítulo I,
Sección 2ª, artículo 13.
f) Adjuntar la Constancia de Inscripción del solicitante como sujeto empadronado en
el “REGISTRO DE OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Y MOTOVEHICULOS USADOS” (Resolución General N° 2032/06) de la Administración
Federal de Ingresos Públicos. De resultar ello posible, este requisito podrá ser suplido
por la verificación por parte de la Dirección Nacional de la vigencia de esa inscripción
directamente a través del sitio web del citado organismo.
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