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a) Denunciar el o los domicilios en los cuales se localizarán o exhibirán los vehículos

        automotores o motovehículos usados, para su comercialización.




        b) De tratarse de personas humanas, acompañar copia autenticada del Documento
        Nacional de Identidad; de tratarse de personas jurídicas, de la documentación prevista

        en el Título I, Capítulo IV, Sección 3° artículo 1°, según corresponda




        c) Certificado de Antecedentes Penales extendido por el Registro Nacional de
        Reincidencia, respecto de las personas humanas y de los integrantes de las personas




















































        jurídicas previstas en el Título I, Capítulo IV, Sección 3° artículo 1°, inciso 3).




        d) Asumir, al peticionar la inscripción, el cumplimiento de las obligaciones establecidas

        en el artículo 2º de esta Sección.




        e) Adjuntar la constancia de la inscripción del solicitante en la Clave Única de
        Identificación Tributaria (C.U.I.T.) en la forma establecida en el Título I, Capítulo I,

        Sección 2ª, artículo 13.




        f) Adjuntar la Constancia de Inscripción del solicitante como sujeto empadronado en
        el “REGISTRO DE OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

        Y MOTOVEHICULOS USADOS” (Resolución General N° 2032/06) de la Administración

        Federal de Ingresos Públicos. De resultar ello posible, este requisito podrá ser suplido
        por la verificación por parte de la Dirección Nacional de la vigencia de esa inscripción

        directamente a través del sitio web del citado organismo.



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